Recientemente, el Presidente Boric anunció el FES, un mecanismo clave que terminaría con el CAE, pero que trae consigo algunos temas tributarios que es crucial abordar en la ley que será discutida.
1️⃣ Naturaleza Tributaria de la «Retribución»: Un aspecto crucial es definir si la «retribución» que deberán pagar los estudiantes tendrá naturaleza tributaria. Esto es especialmente relevante debido al amplio concepto de tributo en nuestra Constitución Política, lo que implicaría la aplicación de todo el marco constitucional tributario a esta exacción. Esto incluye el respeto a garantías y principios clave, como el de no destinación de los tributos. Asimismo, se hace eco de la advertencia de diversos juristas sobre el riesgo de introducir tributos disfrazados bajo otros nombres.
2️⃣ Condonación de Deudas: Otro aspecto es el efecto tributario de la condonación parcial de la deuda para quienes se acojan a esta medida. Si la exención se introduce por ley, dicho beneficio quedaría libre de tributación, pues se califica como «ingreso no renta».
3️⃣ Deducciones al Impuesto Global Complementario o IUSC: Por último, el mecanismo contemplará un beneficio de deducción en la base imponible de estos impuestos, lo que podría ser un incentivo valioso, pero que concita la reflexión sobre la conveniencia de aplicar incentivos similares también a otras conductas positivas de los contribuyentes. Por qué limitar el beneficio solo al pago del CAE y no a otras conductas?
💬 ¿Qué otros puntos creen que debería considerar esta propuesta desde el ámbito tributario?









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