Con fecha de hoy, 30 de mayo de 2024, se publicó la ley N° 21.673 destinada a adoptar medidas para combatir el sobreendeudamiento.
En lo tributario, esta ley establece una exención del Impuesto de Timbres y Estampillas para los «créditos con garantía hipotecaria celebrados entre la entrada en vigencia
de la presente ley y el 31 de diciembre de 2024, que tengan como fin la adquisición de inmuebles cuyo destino sea habitacional y se trate de la primera venta sobre la vivienda».
La ley agrega como requisito, que el crédito en cuestión conste en la escritura pública de adquisición de la vivienda. Para ello, se deberá dejar constancia en la respectiva escritura el hecho de cumplirse los requisitos para acceder a la exención.









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